Tipificación
Código Penal art. 554 — Delitos contra el orden público
CP-554
- Artículo
- CP art. 554
- Capítulo
- De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia
- Penas
prisión de seis meses a tres años
Texto
1. Los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, acometieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de la Policía de las Comunidades Autónomas o de la Policía Local, o a un funcionario de prisiones en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años. 2. Se impondrán las penas superiores en grado cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 551.
Cómo lo describe el agente
- acometer a policía local
- resistencia grave a mossos
- agredir a ertzaintza
- violencia contra funcionario de prisiones
Fuente normativa de referencia: BOE / codificado DGT. Verifica siempre el texto consolidado vigente antes de formular.
