Tipificación
Código Penal art. 550 — Delitos contra el orden público
CP-550
- Artículo
- CP art. 550
- Capítulo
- De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia
- Penas
prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses si se trata de autoridad
prisión de seis meses a tres años en los demás casos
Texto
1. Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas. 2. Los atentados se castigarán con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses si se trata de autoridad, y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos.
Nota operativa
Valorar si la resistencia es grave (550) o menor (556). La agresión a agente en acto de servicio tipifica atentado.
También tipificar
- LO 4/2015 art. 37.4 — Autoridad y agentes
Si no hay agresión: falta de respeto puede ser LO 4/2015.
Cómo lo describe el agente
- atentado a agente
- agredir a un policía
- pegar a un agente
- empujar a la autoridad
- acometer a un funcionario
- resistencia grave con violencia
- intimidación grave a policía
Fuente normativa de referencia: BOE / codificado DGT. Verifica siempre el texto consolidado vigente antes de formular.
