Tipificación
Código Penal art. 155 — De las lesiones
CP-155
- Artículo
- CP art. 155
Texto
En los delitos de lesiones, si ha mediado el consentimiento válida, libre, espontánea y expresamente emitido del ofendido, se impondrá la pena inferior en uno o dos grados. No será válido el consentimiento otorgado por un menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección.
Cómo lo describe el agente
- lesionar a alguien
- causar lesiones
Fuente normativa de referencia: BOE / codificado DGT. Verifica siempre el texto consolidado vigente antes de formular.
