🚗 Tráfico
Patinete eléctrico de alta potencia = ciclomotor (necesita permiso)
Tribunal Supremo · Sala de lo Penal
STS 944/2025 · 17 de noviembre de 2025 · Ponente: Julián Sánchez Melgar
ES:TS:2025:5337 · Rec. de casación nº 1832/2023
Consultar texto íntegro (fuente oficial) ↗Caso
Conductor de un patinete eléctrico (1.900 W de potencia, 45 km/h de velocidad máxima) sin permiso de conducir.
Doctrina
Lo que determina la clasificación del vehículo son sus características técnicas reales, no su apariencia. Un «patinete» que supera los 25 km/h no es un VMP sino un ciclomotor, y circular con él sin permiso es delito contra la seguridad vial (art. 384 CP).
Relevancia para el agente
Criterio claro para el atestado cuando se intervenga un VMP trucado o de potencia superior a la reglamentaria — no basta con la apariencia del vehículo, hay que documentar potencia/velocidad real. Muy conectado con el RD 52/2026 sobre el Registro de Vehículos de Movilidad Personal.
Fuente: notas de prensa oficiales del CGPJ/Poder Judicial o del Tribunal Constitucional, y medios jurídicos especializados cuando la nota oficial no detalla el número de sentencia. Verifica la cita completa en CENDOJ antes de invocarla en un procedimiento.

