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Negativa a la segunda prueba de alcoholemia tras dar positivo en la primera
Tribunal Supremo · Pleno de la Sala de lo Penal
STS 210/2017 · 28 de marzo de 2017 · Ponente: Antonio del Moral García
ES:TS:2017:1073
Consultar texto íntegro (fuente oficial) ↗Caso
Conductor que da positivo en la primera medición (1,02 mg/l) y se niega a la segunda.
Doctrina
Las dos mediciones integran una única prueba obligatoria (no potestativa); negarse a la segunda constituye por sí solo el delito de desobediencia del art. 383 CP.
Relevancia para el agente
Fundamenta por qué debe ofrecerse y documentarse siempre la segunda medición, y por qué la negativa a esa segunda prueba se instruye como delito autónomo aunque ya haya un resultado positivo en la primera.
Sentencia con 6 votos particulares discrepantes. Doctrina consolidada (no es de 2025/2026), pero sigue siendo la referencia base en la materia.
Fuente: notas de prensa oficiales del CGPJ/Poder Judicial o del Tribunal Constitucional, y medios jurídicos especializados cuando la nota oficial no detalla el número de sentencia. Verifica la cita completa en CENDOJ antes de invocarla en un procedimiento.

