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TREBEP
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
BOE-A-2015-11719
Norma básica de función pública: define quién es empleado público y sus clases (funcionario de carrera, interino, laboral, eventual), sus derechos y deberes (incluido el Código de Conducta), el acceso y pérdida de la relación de servicio, la ordenación de la actividad profesional (planificación, clasificación y provisión de puestos), las situaciones administrativas y el régimen disciplinario. Es la norma marco de la función pública local, aplicable al personal funcionario de Policía Local.
- Publicación BOE
- 31/10/2015
- Entrada en vigor
- 01/11/2015
Estructura
- Artículos
- 100
- Estructura
- 8 títulos
- Disposiciones
- 31
+ 1 bis (art. 47 bis)
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Adicionales
- Primera (pág. 51)
- Segunda (pág. 51)
- Tercera (pág. 51)
- Cuarta (pág. 52)
- Quinta (pág. 52)
- Sexta (pág. 52)
- Séptima (pág. 52)
- Octava (pág. 52)
- Novena (pág. 53)
- Décima (pág. 53)
- Undécima (pág. 53)
- Duodécima (pág. 53)
- Decimotercera (pág. 54)
- Decimocuarta (pág. 54)
- Decimoquinta (pág. 54)
- Decimosexta (pág. 54)
- Decimoséptima (pág. 54)
Transitorias
Derogatorias
Índice de estudio
Toca un título o capítulo para abrir el PDF oficial en esa página.
- Título I — Objeto y ámbito de aplicación(arts. 1 a 7)→ Ver texto completo (pág. 9)
Objeto del Estatuto y ámbito de aplicación, incluido el personal funcionario de las Entidades Locales (art. 3).
- Título II — Personal al servicio de las Administraciones Públicas(arts. 8 a 13)→ Ver texto completo (pág. 11)
Clases de empleados públicos y personal directivo.
- Capítulo I — Clases de personal(arts. 8 a 12)→ Ver texto completo (pág. 11)
Concepto y clases de empleados públicos: funcionarios de carrera, interinos, personal laboral y eventual.
- Capítulo II — Personal directivo(art. 13)→ Ver texto completo (pág. 12)
Personal directivo profesional.
- Capítulo I — Clases de personal(arts. 8 a 12)→ Ver texto completo (pág. 11)
- Título III — Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos(arts. 14 a 54)→ Ver texto completo (pág. 13)
Derechos individuales y colectivos, carrera profesional, retribuciones, negociación colectiva y representación, jornada/permisos/vacaciones, y deberes/Código de Conducta.
- Capítulo I — Derechos de los empleados públicos(arts. 14 a 15)→ Ver texto completo (pág. 13)
Derechos individuales y derechos individuales ejercidos colectivamente.
- Capítulo II — Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación del desempeño(arts. 16 a 20)→ Ver texto completo (pág. 14)
Carrera horizontal y promoción interna de funcionarios, carrera del personal laboral y evaluación del desempeño.
- Capítulo III — Derechos retributivos(arts. 21 a 30)→ Ver texto completo (pág. 16)
Cuantías, retribuciones básicas y complementarias, de interinos, en prácticas, del personal laboral, indemnizaciones y deducciones.
- Capítulo IV — Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión(arts. 31 a 46)→ Ver texto completo (pág. 17)
Mesas de negociación, materias objeto de negociación, pactos y acuerdos, órganos de representación (Delegados, Juntas de Personal), y derecho de reunión.
- Capítulo V — Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones(arts. 47 a 51)→ Ver texto completo (pág. 25)
Jornada de trabajo, teletrabajo (art. 47 bis), permisos, conciliación, vacaciones.
- Capítulo VI — Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta(arts. 52 a 54)→ Ver texto completo (pág. 32)
Deberes de los empleados públicos, principios éticos y principios de conducta.
- Capítulo I — Derechos de los empleados públicos(arts. 14 a 15)→ Ver texto completo (pág. 13)
- Título IV — Adquisición y pérdida de la relación de servicio(arts. 55 a 68)→ Ver texto completo (pág. 34)
Acceso al empleo público (principios rectores, requisitos, órganos y sistemas de selección) y causas de pérdida de la condición de funcionario.
- Capítulo I — Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio(arts. 55 a 62)→ Ver texto completo (pág. 34)
Principios rectores, requisitos, acceso de nacionales de otros Estados, personas con discapacidad, órganos y sistemas de selección.
- Capítulo II — Pérdida de la relación de servicio(arts. 63 a 68)→ Ver texto completo (pág. 37)
Causas de pérdida de la condición de funcionario: renuncia, pérdida de nacionalidad, inhabilitación, jubilación y rehabilitación.
- Capítulo I — Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio(arts. 55 a 62)→ Ver texto completo (pág. 34)
- Título V — Ordenación de la actividad profesional(arts. 69 a 84)→ Ver texto completo (pág. 38)
Planificación de recursos humanos, estructuración del empleo público y provisión de puestos de trabajo y movilidad.
- Capítulo I — Planificación de recursos humanos(arts. 69 a 71)→ Ver texto completo (pág. 38)
Objetivos e instrumentos de planificación, oferta de empleo público y registros de personal.
- Capítulo II — Estructuración del empleo público(arts. 72 a 77)→ Ver texto completo (pág. 39)
Estructuración de recursos humanos, puestos de trabajo, cuerpos y escalas, grupos de clasificación profesional.
- Capítulo III — Provisión de puestos de trabajo y movilidad(arts. 78 a 84)→ Ver texto completo (pág. 40)
Concurso y libre designación, movilidad del personal funcionario y laboral, movilidad por violencia de género/sexual/terrorista.
- Capítulo I — Planificación de recursos humanos(arts. 69 a 71)→ Ver texto completo (pág. 38)
- Título VI — Situaciones administrativas(arts. 85 a 92)→ Ver texto completo (pág. 43)
Servicio activo, servicios especiales, servicio en otras Administraciones, excedencia, suspensión de funciones, reingreso y situaciones del personal laboral.
- Título VII — Régimen disciplinario(arts. 93 a 98)→ Ver texto completo (pág. 47)
Responsabilidad y potestad disciplinaria, faltas, sanciones, prescripción y procedimiento disciplinario.
- Título VIII — Cooperación entre las Administraciones Públicas(arts. 99 a 100)→ Ver texto completo (pág. 50)
Relaciones de cooperación y órganos de cooperación entre Administraciones Públicas.
Puntos clave
- Publicado el 31/10/2015 (BOE núm. 261); entrada en vigor al día siguiente, el 01/11/2015.
- Es la norma básica de función pública local: el personal funcionario de las Entidades Locales, incluida la Policía Local, se rige por este Estatuto (art. 3).
- Art. 9-12: distingue las clases de empleados públicos — funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral y personal eventual.
- Título III, cap. VI (arts. 52-54): deberes de los empleados públicos y Código de Conducta, con los principios éticos y de conducta.
- Título VII (arts. 93-98): régimen disciplinario — faltas, sanciones, prescripción y procedimiento, de aplicación supletoria a los cuerpos de Policía Local salvo normativa específica autonómica.
- Art. 47 bis: regula el teletrabajo como modalidad de prestación de servicios.

