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Ley 4/2023 — Trans y LGTBI
Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI
BOE-A-2023-5366
Garantiza la igualdad real y efectiva de las personas trans y los derechos de las personas LGTBI: actuación de los poderes públicos (políticas públicas por ámbitos: empleo, salud, educación, medios de comunicación, familia, medio rural, etc.), medidas específicas para las personas trans (rectificación registral de la mención del sexo sin necesidad de acreditación médica ni judicial), protección efectiva y reparación frente a la discriminación y la violencia por LGTBIfobia, e infracciones y sanciones.
- Publicación BOE
- 01/03/2023
- Entrada en vigor
- 02/03/2023
Estructura
- Artículos
- 82
- Estructura
- Título preliminar + 4 títulos
- Disposiciones
- 27
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Transitorias
Derogatorias
Finales
- Primera (pág. 41)
- Segunda (pág. 43)
- Tercera (pág. 43)
- Cuarta (pág. 44)
- Quinta (pág. 44)
- Sexta (pág. 46)
- Séptima (pág. 47)
- Octava (pág. 47)
- Novena (pág. 50)
- Décima (pág. 50)
- Undécima (pág. 50)
- Duodécima (pág. 53)
- Decimotercera (pág. 54)
- Decimocuarta (pág. 56)
- Decimoquinta (pág. 58)
- Decimosexta (pág. 58)
- Decimoséptima (pág. 60)
- Decimoctava (pág. 60)
- Decimonovena (pág. 61)
- Vigésima (pág. 61)
Índice de estudio
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- Título Preliminar — Disposiciones generales(arts. 1 a 3)→ Ver texto completo (pág. 13)
Objeto, ámbito de aplicación y definiciones.
- Título I — Actuación de los poderes públicos(arts. 4 a 42)→ Ver texto completo (pág. 15)
Criterios y líneas generales de actuación (deber de protección, Consejo de Participación de las Personas LGTBI) y políticas públicas sectoriales para promover la igualdad efectiva de las personas LGTBI (empleo público y laboral, salud, educación, cultura/ocio/deporte, medios de comunicación, familia/infancia/juventud, acción exterior, medio rural, turismo).
- Capítulo I — Criterios y líneas generales de actuación de los poderes públicos y órgano de participación(arts. 4 a 9)→ Ver texto completo (pág. 15)
Deber de protección, reconocimiento y apoyo institucional, divulgación, estadísticas, colaboración entre Administraciones y Consejo de Participación de las Personas LGTBI.
- Capítulo II — Políticas públicas para promover la igualdad efectiva de las personas LGTBI(arts. 10 a 42)→ Ver texto completo (pág. 16)
Estrategia estatal y medidas sectoriales en el ámbito administrativo, laboral, de la salud, la educación, la cultura/ocio/deporte, los medios de comunicación, la familia/infancia/juventud, la acción exterior, el medio rural y el turismo.
- Capítulo I — Criterios y líneas generales de actuación de los poderes públicos y órgano de participación(arts. 4 a 9)→ Ver texto completo (pág. 15)
- Título II — Medidas para la igualdad real y efectiva de las personas trans(arts. 43 a 61)→ Ver texto completo (pág. 26)
Rectificación registral de la mención relativa al sexo y adecuación documental, y políticas públicas específicas (laboral, salud, educación) para promover la igualdad real y efectiva de las personas trans.
- Capítulo I — Rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas y adecuación documental(arts. 43 a 51)→ Ver texto completo (pág. 26)
Legitimación, procedimiento, autoridad competente, efectos, reversibilidad y adecuación de documentos a la mención registral y al cambio de nombre.
- Capítulo II — Políticas públicas para promover la igualdad real y efectiva de las personas trans(arts. 52 a 61)→ Ver texto completo (pág. 30)
Estrategia estatal para la inclusión social y medidas en el ámbito laboral, de la salud (atención sanitaria integral, consentimiento informado) y educativo.
- Capítulo I — Rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas y adecuación documental(arts. 43 a 51)→ Ver texto completo (pág. 26)
- Título III — Protección efectiva y reparación frente a la discriminación y la violencia por LGTBIfobia(arts. 62 a 75)→ Ver texto completo (pág. 32)
Medidas generales de protección y reparación, medidas de asistencia y protección frente a la violencia basada en la LGTBIfobia, y protección de los derechos de personas LGTBI en situaciones especiales (menores, discapacidad, personas extranjeras, mayores, intersexuales, sinhogarismo).
- Capítulo I — Medidas generales de protección y reparación(arts. 62 a 67)→ Ver texto completo (pág. 32)
Medidas de protección, actuación administrativa, nulidad de contratos discriminatorios, legitimación, carga de la prueba y derecho a la atención y asesoramiento jurídico.
- Capítulo II — Medidas de asistencia y protección frente a la violencia basada en la LGTBIfobia(arts. 68 a 69)→ Ver texto completo (pág. 34)
Derecho a la asistencia integral y especializada, y medidas de protección frente a la violencia en el ámbito familiar.
- Capítulo III — Protección de los derechos de personas LGTBI en situaciones especiales(arts. 70 a 75)→ Ver texto completo (pág. 34)
Personas menores de edad, con discapacidad/dependencia, extranjeras, mayores, intersexuales y en situación de sinhogarismo.
- Capítulo I — Medidas generales de protección y reparación(arts. 62 a 67)→ Ver texto completo (pág. 32)
- Título IV — Infracciones y sanciones(arts. 76 a 82)→ Ver texto completo (pág. 36)
Objeto y ámbito de aplicación, competencia, plazo de resolución, clasificación de infracciones, sanciones y criterios de graduación, prescripción, y prohibición de ayudas a asociaciones que fomenten la discriminación.
Puntos clave
- Publicada el 01/03/2023 (BOE núm. 51); entrada en vigor al día siguiente, el 02/03/2023.
- Conocida como «Ley Trans»: permite la rectificación registral de la mención relativa al sexo por libre autodeterminación de la persona, sin necesidad de acreditación médica o psicológica ni de tratamiento hormonal previo (arts. 43-46).
- Art. 48: régimen de cambio de nombre en el Registro Civil de personas menores de edad.
- Título III: régimen de protección y reparación frente a la discriminación y la violencia por LGTBIfobia, incluida la legitimación de las asociaciones LGTBI para la defensa del derecho a la igualdad de trato.
- Título IV (arts. 76-82): régimen sancionador específico frente a la discriminación por LGTBIfobia, con infracciones y sanciones administrativas.
- No confundir con la LO 3/2007, de igualdad efectiva de mujeres y hombres (norma distinta, ya publicada en el catálogo).

